La Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje entra hoy en vigor
20 agosto, 2014

La Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje entra hoy en vigor

Por redacción puntocomunica
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La Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje entra hoy en vigor
Valencia, 20/08/2014
La nueva Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje elaborada por la conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente entra hoy miércoles en vigor. Una ley que, según ha explicado el director general de Evaluación Ambiental y Territorial, Juan Giner «culmina uno de los procesos de renovación legislativa más intensos e integradores llevados a cabo en la Comunitat ya que ha supuesto la refundición de cinco leyes y la reducción del 75% del articulado«.

«Se trata de una Ley novedosa, a la vanguardia de las normativas europeas que diseña un nuevo modelo urbanístico y que, por primera vez, aúna las cuestiones medioambientales con la ordenación territorial. De esta manera, tanto los inversores como los ayuntamientos saben desde el primer momento que zonas pueden desarrollarse desde el punto de visto urbanístico con todas las garantías medioambientales y que zonas no pueden«, ha señalado Juan Giner.

Giner ha destacado el proceso de elaboración de esta norma que ha supuesto tres años de trabajo con un amplio grado de participación en el que se ha consultado a todas las administraciones y que ha concluido con la aprobación en Les Corts y la incorporación al texto de algunas de las sugerencias realizadas por los grupos parlamentarios.

Principales novedades incorporadas en el trámite parlamentario
El director general de Evaluación Ambiental y Territorial ha señalado que «algunas de las enmiendas que se han incorporado al texto definitivo van en la línea de reforzar las potestades de la Administración en el control de la actividad urbanística, y entre ellas destaca la posibilidad de crear una Agencia de Disciplina Urbanística, de naturaleza consorciada entre los Ayuntamientos y la Generalitat, para mejorar la eficacia de la actuación pública en materia de disciplina urbanística«.

Igualmente, se ha refrendado la posición de los ayuntamientos en el control de la reparcelación. El urbanizador no podrá tener el control de la reparcelación, en todo caso puede proponerla al Ayuntamiento, pero éste es el que modifica, asume y tramita el proyecto de reparcelación.

Además, se han sumado a la Ley algunas enmiendas que tienen como objetivo defender los intereses de los propietarios afectados por las actuaciones urbanísticas y se recoge que en la reforma de áreas urbanas consolidadas, se refuerza el respeto a los derechos de las edificaciones existentes.

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