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title: "Economía destina a las entidades locales con más de 5,9 millones para hacer frente a gastos excepcionales en apoyo del comercio, mercados y artesanía por la COVID-19"
description: "Se subvencionarán hasta 300.000 euros el 90% de los gastos de entidades locales de más de 20.000 habitantes y el 100% de las de hasta 20.000 habitantes El plazo de presentación de solicitudes..."
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date: 2020-10-22
modified: 2020-10-21
author: "redacción puntocomunica"
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categories: ["Comunitat Valenciana", "Economía"]
tags: ["ayudas artesanía comunitat", "ayudas comercio comunitat", "ayudas económicas recuperación coronavirus", "comunitat valenciana", "recuperación tras coronavirus", "sociedad"]
type: post
lang: es
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# Economía destina a las entidades locales con más de 5,9 millones para hacer frente a gastos excepcionales en apoyo del comercio, mercados y artesanía por la COVID-19

- **Se subvencionarán hasta 300.000 euros el 90% de los gastos de entidades locales de más de 20.000 habitantes y el 100% de las de hasta 20.000 habitantes**

- **El plazo de presentación de solicitudes empieza el 22 de octubre y finaliza el 22 de diciembre**

[!(https://www.puntocomunica.com/wp-content/uploads/2015/04/comercios-valencianos.png)](https://www.puntocomunica.com/wp-content/uploads/2015/04/comercios-valencianos.png)Valencia, 22/10/2020

La Conselleria de **Economía, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo** ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), las bases reguladoras de concesión directa de **ayudas urgentes** a las **administraciones locales valencianas** en** materia de comercio y artesanía** como consecuencia de la **COVID-19**.

La dotación de estas ayudas asciende a un importe global máximo estimado de 5.916.480 y podrán ser beneficiarias las siguientes entidades locales valencianas: ayuntamientos, mancomunidades y entidades locales menores.

Se subvencionarán, con el límite de 300.000 euros, el 90% de los gastos realizados por las entidades locales con más de 20.000 habitantes, así como el 100% de los gastos realizados por las entidades locales hasta 20.000 habitantes.

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 9.00 horas del próximo 22 de octubre y finaliza a las 23.59 horas del 6 de noviembre de 2020.

El conseller de Economía Sostenible, **Rafa Climent**, ha explicado que «este decreto responde a la voluntad de ayudar a las administraciones locales valencianas que han realizado gastos excepcionales en apoyo del sector comercial y artesano con el fin de paliar la crisis de la COVID-19, y que han tenido que financiar estos gastos no previstos con fondos propios extraídos de otras líneas presupuestarias».

«Las entidades locales son la administración más cercana a la ciudadanía y nos permite conocer las necesidades reales del eje comercial de cada municipio». «Ahora más que nunca, es necesario que estemos a su lado para apoyar el comercio local, la artesanía y los mercados locales y también los mercados no sedentarios de la Comunidad «, ha manifestado Climent».

Se considerarán apoyables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2020 para los gastos no relacionados con la COVID-19 y, desde el 1 de marzo, los gastos corrientes relacionadas con la COVID-19, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

**Objeto de las ayudas**

El objeto de este decreto es aprobar las bases que regulan la concesión directa de ayudas a las entidades locales valencianas por los gastos corrientes ocasionados en los ámbitos relacionados con la actividad comercial y artesana por la crisis de la COVID-19, las ayudas a establecimientos comerciales, las ayudas al consumo en el comercio local, así como los gastos corrientes relacionados con la actividad de mercados municipales, mercados de venta no sedentaria o ferias comerciales.

**Se considerarán subvencionables los siguientes gastos:**

a) Gastos en productos y servicios de medidas de protección, prevención e higiene necesarios para garantizar la seguridad del personal propio, de las personas comerciantes y empleadas, y del público en general, en mercados municipales, mercados de venta no sedentaria y otros espacios en que se desarrolla actividad comercial.

b) Gastos para la puesta en marcha de servicios logísticos de proximidad como es el reparto a domicilio, tanto en material y software informático, como en alquiler de vehículos, contratación de personal o contratación de empresas de distribución.

c) Gastos destinados al impulso de la digitalización del comercio y la implantación y acceso a plataformas de venta en línea de los comercios y empresas artesanas del municipio.

d) Gastos destinados a la organización y realización de certámenes feriales para promocionar el comercio de proximidad y la artesanía.

e) Gastos destinados a permitir la apertura al público de los mercados municipales o de los mercados de venta no sedentaria.

f) El apoyo realizado por las entidades locales mediante subvenciones a las empresas comerciales y artesanas, así como a asociaciones empresariales o artesanas de la localidad o ámbito territorial para cubrir los gastos de acciones como las anteriormente citadas y para el fomento del consumo en el comercio local.

Más información en el DOGV: (http://www.dogv.gva.es/datos/2020/10/21/pdf/2020_8433.pdf)
