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5 octubre, 2021

La Generalitat pone en marcha el Registro de Vivienda de la Comunitat Valenciana

Por redacción puntocomunica
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  • El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda asegura que este registro ayudará a agilizar los procesos de adjudicación de viviendas
  • La necesidad de inscribir las viviendas de protección de promoción privada responde a la voluntad de promover su movilización para dar respuesta a la demanda

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Valencia, 05/10/2021
La Generalitat, a través de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, ha puesto en marcha el nuevo Registro de Vivienda de la Comunitat Valenciana.

La Vicepresidencia Segunda, con el fin de garantizar el derecho a la vivienda, está desarrollando el contenido de la Ley 2/2017, de 3 de febrero, por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat Valenciana. El pasado agosto el Pleno del Consell aprobaba el reglamento de este Registro de Vivienda
como instrumento idóneo para el conocimiento y planificación de las condiciones de la demanda y la oferta.

Su función también será promover el acceso a las viviendas de protección pública y las que forman parte del patrimonio público de viviendas de la Generalitat.

El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Héctor Illueca, ha declarado que el objeto fundamental de este registro es «facilitar el acceso a la vivienda garantizando el cumplimiento de las condiciones establecidas para las diferentes modalidades de vivienda de protección pública».

Para ello, se establece la obligatoriedad de la inscripción para ser persona adjudicataria de vivienda protegida, tanto de promoción pública como privada. Con ello se pretende, según ha explicado Héctor Illueca, «llenar un vacío gracias al control de la oferta y la demanda a través de este registro, un mecanismo que va ayudarnos a agilizar los procesos de adjudicación».

La inscripción se estructura en torno a la unidad de convivencia, formada por una única persona o varias, sin que sea necesario que exista una relación de parentesco.

Una de las principales novedades es la introducción de la declaración responsable en el ejercicio del derecho a ser inscrito y a la correspondiente participación en los procedimientos de adjudicación de las viviendas.

En su conjunto, la inscripción, el funcionamiento del registro y las relaciones con las personas demandantes o usuarias de vivienda se realizarán exclusivamente a través de medios electrónicos. Todo ello permitirá una simplificación administrativa. El enlace para acceder a este registro es www.habitatge.gva.es. Además, la Conselleria ha iniciado una campaña informativa para dar difusión a la ciudadanía de este nuevo registro.

Registro de oferta
También se trata de un registro de oferta, al que tendrán que inscribirse tanto las viviendas del patrimonio público de vivienda de la Generalitat, como las viviendas de protección de promoción privada. Según ha explicado Illueca, «es necesario poner en circulación más viviendas a precios asequibles para atender la gran necesidad existente».

De ahí «la importancia de conocer cuántos propietarios quieren ofertar su vivienda y, de esta manera, también sabemos las características de los inmuebles que se encuentran en este régimen de protección así como el cumplimiento de los requisitos para su venta o alquiler».

El registro también regulará el régimen de cesión y los procedimientos de adjudicación de las viviendas de protección oficial de promoción pública y de las viviendas del patrimonio público de la Generalitat. Esta nueva regulación no altera el régimen aplicable a las promociones privadas, más allá del requisito de la inscripción.

También es fundamental la regulación del estatuto de las personas usuarias de viviendas del patrimonio público de vivienda, como una combinación de facultades y deberes, que permita un goce seguro y adecuado de estas viviendas.

Finalmente, también se regula el Inventario de viviendas protegidas, en el cual se inscribirán todas las viviendas de protección pública, sean de titularidad pública o privada, en el plazo de un mes desde su calificación provisional.

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