viviendas
20 agosto, 2023

Vivienda continúa con el registro de solicitudes para las ayudas a la rehabilitación, mejora de la eficiencia energética y accesibilidad

Por redacción puntocomunica
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  • El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 28 de diciembre de 2023
  • Los programas de rehabilitación y mejora de eficiencia energética y accesibilidad son compatibles entre sí a la hora de solicitar las ayudas

viviendasValencia, 20/08/2023
La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda mantiene abierto el plazo para la presentación de solicitudes para las ayudas a la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética y la mejora de la accesibilidad en viviendas.

El objetivo de las ayudas europeas a la rehabilitación y mejora de la eficiencia energética, que engloban las Ayudas a Nivel Edificio, Ayudas a Nivel de Vivienda, Ayudas a la elaboración de Libro de Edificio existente para la rehabilitación y Redacción de Proyectos de Rehabilitación, es la subvención de obras o actuaciones en los edificios residenciales tanto en espacios urbanos y rurales, como en edificios de tipo residencial colectivo y en viviendas unifamiliares y plurifamiliares que tengan acreditada una mejora de la eficiencia energética.

Adicionalmente, existe una ayuda complementaria a la rehabilitación a Nivel Edificio para la retirada de residuos de amianto, así como una ayuda de la Generalitat por motivos de vulnerabilidad.

Asimismo, la finalidad de las subvenciones a la accesibilidad es la financiación de actuaciones de mejora en el acceso a viviendas de municipios de la Comunitat Valenciana que intervengan en los elementos comunes de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva.

Concretamente, estas ayudas a la accesibilidad pueden ser solicitadas por las comunidades de propietarios y propietarias, cooperativas o propietarias/os únicas/os y administraciones públicas.

Plazo y forma de presentación
El plazo para la presentación de instancias de todos los programas de estas ayudas finaliza el 28 de diciembre de 2023.

Igualmente, el plazo para solicitar la inscripción como gestor o agente de la rehabilitación en los registros correspondientes finaliza el 21 de diciembre de 2023.

Además, la presentación y el procedimiento de tramitación será preferentemente telemático y, en el caso de las solicitudes provenientes de comunidad de propietarios, será obligatorio realizarlo a través de gestores y agentes de la rehabilitación.

Condiciones de las ayudas
La totalidad de los programas sigue el procedimiento de concesión de concurrencia competitiva.

Con respecto a las ayudas de mejora de la accesibilidad en viviendas, las obras tendrán podrán estar iniciadas antes de la solicitud de ayudas, pero siempre su fecha de inicio será posterior al 1 de enero de 2022 y sin estar finalizadas en el momento de la petición. También se exige el informe de evaluación de edificios (IEEV.CV) y que las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de realizar la petición de la subvención.

Las subvenciones a la accesibilidad en las viviendas son compatibles con las ayudas referentes a las actuaciones de rehabilitación de edificios, mejora de la eficiencia energética en viviendas o la elaboración de Libro de Edificio existente para la rehabilitación.

Por otro lado, los requisitos para la concesión de ayudas a nivel edificio recogen, el acuerdo de la totalidad de la comunidad de propietarios en residencia colectiva, que al menos el 50 % de su superficie construida tenga uso residencial de vivienda y que se obtenga al menos una reducción del 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable mediante certificado. Además, las obras a ejecutar o ejecutadas serán subvencionables siempre que se su finalización sea posterior al 11 de abril de 2022.

Y las actuaciones referidas a las ayudas a la elaboración del libro del edificio y redacción de proyectos indica como condición que los edificios deben estar finalizados antes del año 2000.

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