tarjetas revolving
28 octubre, 2021

Las reclamaciones por las tarjetas ‘revolving’ se triplican en España un año después de la sentencia del Tribunal Supremo

Por redacción puntocomunica
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  • El Banco de España recibió un total de 1.869 reclamaciones en 2020 relacionadas con tarjetas ‘revolving’, un dato que triplica al de 2019 y que coincide con la sentencia del Tribunal Supremo que declaró usurario el tipo de interés de estos productos
  • Estel Romero, abogada del despacho Sanahuja Miranda Abogados, celebra que se haga justicia con los clientes que sufrieron abuso por parte del banco al contratar este tipo de tarjetas, cuyos métodos de acción están basados principalmente en “la falta de información y acuerdos para nada transparentes”

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Fueron muchos los afectados los últimos años por el tipo de interés abusivo de las llamadas tarjetas ‘revolving’. Parecía una batalla perdida, pero en 2020, tras una sentencia del Tribunal Supremo en el mes de marzo que declaró usurario el tipo de interés de estos productos, todo cambió, tal y como refleja el número de reclamaciones relacionadas con estas tarjetas, que solo en 2020, según datos del Banco de España, triplicaron a las interpuestas el año anterior.

“El aumento de las denuncias contra las tarjetas ‘revolving’ está estrechamente relacionado con la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2020, al considerar nulo el tipo de interés de una tarjeta de este tipo distribuida por WiZink Bank, cuyo TAE inicial se situaba en el 26,8%”, explica Estel Romero, abogada del despacho Sanahuja Miranda Abogados.

De este modo, en todo el año 2020 el Banco de España recibió un total de 1.869 reclamaciones relacionadas con este asunto, quedando únicamente por detrás de las referentes a préstamos hipotecarios (2.036) y operaciones fraudulentas con tarjeta (1.942). En el caso de las ‘revolving’, la mayoría de ellas mismas, 1.186 para ser exactos, fueron por falta de documentación contractual.

“El problema de base es que muchas de estas tarjetas tienen origen en el momento de la suscripción del contrato, ya que la entidad bancaria o financiera no es transparente y limita u omite información imprescindible para la correcta comprensión del consumidor”, asegura la experta, “Sin una documentación contractual clara el cliente está totalmente desprotegido. Es por esto que se cree que, en el caso de que los bancos y empresas que emiten este tipo de tarjetas fueran honestos y explicaran lo que pueden llegar a cobrar y las potenciales deudas, el número de usuarios sería muchísimo más bajo”.

Además de los bancos, marcas como Carrefour, Ikea o gasolineras como Cepsa o Repsol también tienen sus propias tarjetas ‘revolving’ vinculadas con una entidad bancaria. Estas, más allá de su elevado tipo de interés y falta de transparencia, generan una deuda muy elevada, ya que cuando el consumidor supera el límite de crédito acordado con el banco la cantidad va aumentando mes a mes hasta alcanzar un límite en el que se debe más por intereses que por el dinero originalmente gastado.

Reclamar da la posibilidad de recuperar el dinero

Si un consumidor considera que ha sufrido abuso a la hora de firmar un contrato por una tarjeta ‘revolving’, lo primero que debe hacer, según Romero, es acudir a un “abogado especialista en la materia” que le pueda aconsejar y ayudar en la gestión del caso.

Este tipo de tarjetas en sí no es ilegal. Lo que sí que traspasa los límites de la legalidad, según la sentencia del Alto Tribunal, es la aplicación de un tipo de interés por encima de la media. Es por esto por lo que el usuario estafado tendrá que recabar el máximo de datos y pruebas posibles para sacar adelante el caso, esto va desde el primer contrato firmado con la entidad para la expedición de la tarjeta en cuestión hasta los cuadros de amortización donde se relejen los movimientos realizados.

“Llegados a este punto, si se considera demostrable la aplicación de un tipo de interés por encima de la media, el siguiente paso es reclamar la nulidad del contrato existente por usura. De salir adelante esta reclamación extrajudicial, para la que las entidades cuentan con dos meses para responder, el usuario podría ver restituidos al 100% los intereses y comisiones generadas durante el tiempo total del crédito”, detalla la experta.

La declaración de nulidad de un contrato permite al cliente cobrar todo lo que ha pagado de más, correspondientes a los intereses, comisiones,…. En los últimos meses, tras la sentencia del Supremo en marzo de 2020, se han visto varios casos de éxito reflejados en los medios, como un vecino que Coruña que recuperó más de 10.000 euros por un contrato con la entidad Evo Finance o un cliente de Carrefour en Alcobendas, al que la empresa deberá devolver 9.000 por el uso de una de sus tarjetas ‘revolving’.

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