27 mayo, 2010

Los perjudicados del Fórum Filatélico presentan un recurso de casación ante el Tribunal Supremo

Por redacción puntocomunica
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• El Recurso de Casación solicita al Tribunal Supremo que declare la responsabilidad patrimonial del Estado.
• La Ley solo permite interponer el Recurso de Casación a aquellos afectados que reclaman cuantías superiores a los 150.000 euros.

Madrid, 27/05/2010
La Asociación Perjudicados Fórum Madrid, que agrupa a más de 30.000 afectados, ha presentado hoy ante el Tribunal Supremo un Recurso de Casación contra la Sentencia de la Audiencia Nacional que negaba la responsabilidad patrimonial del Estado en los casos de Fórum Filatélico y Afinsa. El recurso de Casación, al que, de acuerdo con la Ley, solo pueden acudir aquellos afectados que reclaman cantidades superiores a 150.000 euros, solicita del Tribunal Supremo que se reconozca esta responsabilidad patrimonial del Estado.
En su fundamentación jurídica, los abogados señalan que la sentencia de la Audiencia Nacional supone una infracción a la norma sobre la responsabilidad patrimonial del Estado, una infracción a la norma sobre las causas de los contratos y una infracción a la jurisprudencia al equiparar los casos Fórum y Afinsa a Sofico, AVA y Gescartera “algo sin ningún sentido, ya que estas empresas eran entidades financieras reguladas por el Estado y Fórum Filatélico y Afinsa no”.

De acuerdo con los abogados de los recurrentes, “los jueces conocen bien qué jurisprudencia es aplicable y cuál no y en la sentencia de la Audiencia Nacional se ha invocado una jurisprudencia sabiendo que no es de aplicación”.
Como se recordará, el pasado 5 de Febrero la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, desestimó los primeros de un total de 570 recursos que afectan a cientos de miles de ciudadanos perjudicados, al entender que las actividades desarrolladas por Fórum Filatélico y Afinsa estaban fuera del ámbito de supervisión de las autoridades financieras, exculpando de cualquier responsabilidad patrimonial a la Administración del Estado.

En su escrito, la Audiencia señalaba que sólo podrían acudir en casación al Tribunal Supremo aquellos afectados cuyas reclamaciones pecuniarias superaran los 150.000 euros, de acuerdo con lo establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA). Una decisión calificada por los abogados como “inmoral porque la jurisprudencia evocada por la Audiencia Nacional nada tiene que ver con el caso Fórum Filatélico”.
Frente a esta sentencia, el pasado 26 de Abril, la Asociación Perjudicados Fórum Madrid ya presentó ante la Sección Tercera Bis de la Sala de los Contencioso Administrativo de Madrid un Recurso de Reposición a la Sentencia de este Tribunal. En él, además de señalar infracciones de normativa de Derecho Estatal y Jurisprudencia, se indicaba que “esta prohibición de recurrir basada en un criterio cuantitativo, de un lado, priva a los afectados del derecho a la tutela judicial efectiva y, de otro, supone un trato discriminatorio respecto de otros demandantes (cuya pretensión exceda la cantidad dicha), una vulneración del principio de legalidad y un acto de arbitrariedad de los Poderes Públicos”. Para lo abogados, “todos los demandantes, lo son en virtud de un único y mismo acto administrativo que se dicta para todos ellos, que ha motivado una única sentencia para todos ellos, y frente al cual todos sin excepción desean preparar escrito de recurso de casación”.

Según el Recurso de Reposición del 26 de Abril, la inadmisión del Recurso de Casación por motivo de la cuantía conllevaría unas graves consecuencias desde el punto de vista de la tutela de los derechos e intereses legítimos de los demandantes, ya que se podría producir el hecho de que, si el recurso ante el Supremo se resolviera a favor de los recurrentes que superasen los 150.000 euros, no podrían acceder a los beneficios de dicha sentencia estimatoria los que reclamen menos cuantía, siendo como son perjudicados por la misma causa, que no es otra que el anormal funcionamiento de la Administración Española y sus Instituciones en el caso Fórum-Afinsa.

El recurso añade que, además de la infracción de normas sobre el derecho a la tutela judicial efectiva y los principios de igualdad, legalidad y prohibición de la arbitrariedad de los Poderes Públicos, la Sentencia de la Audiencia Nacional vulnera los derechos a un proceso equitativo y a un recurso efectivo reconocidos en los artículos 6 y 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos adoptado en el seno del Consejo de Europa.

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